¿Sabías que existen fondos y entidades que protegen a ciertos inversores frente a determinadas situaciones? El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito son los más conocidos, pero no son los únicos. Por ejemplo, también está el Fondo General de Garantía de Inversiones o FOGAIN.
¿Qué es y para qué sirve el FOGAIN?
El FOGAIN es el Fondo General de Garantía de Inversiones, un instrumento de ahorro público que tiene la finalidad de ofrecer una indemnización a los inversores particulares cubiertos de sociedades de valores, sociedades gestoras de carteras y agencias de valores en el caso de que alguna de estas entidades se declare en situación de concurso de acreedores. También entra en acción cuando una entidad es declarada insolvente por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV),
La indemnización se abona si, como consecuencia de una de estas situaciones, un cliente no puede obtener la devolución del efectivo o de los valores confiados a dicha entidad. Es decir, que el FOGAIN cubre la falta de reembolso o la devolución de valores e instrumentos financieros. El objetivo es garantizar que los agentes inversores que actúan a través de estas sociedades de valores no incumplen su deber de custodia diligente de los valores que gestionan en nombre del cliente.
¿Cuál es el límite de la indemnización del FOGAIN?
La cobertura máxima del FOGAIN es de 100.000 euros por titular. Es decir, que este fondo puede cubrir una indemnización desde el valor de la cantidad confiada a la entidad hasta un máximo de 100.000 euros, pero solo si las situaciones cubiertas han tenido lugar después de la entrada en vigor del Real Decreto 1642/2008, de 10 de octubre de 2008.
¿Quiénes no están cubiertos por este fondo?
Para que los clientes particulares estén cubiertos por este fondo la entidad ha de estar adherida al FOGAIN. Sin embargo, no están cubiertos los valores y el efectivo destinados a la inversión en territorios definidos como paraísos fiscales. Además, tampoco están cubiertos los valores y el dinero confiados a una entidad adherida por los siguientes clientes:
- Empresas de servicios de inversión.
- Empresas pertenecientes al mismo grupo económico que la entidad adherida al FOGAIN.
- Entidades de crédito.
- Entidades aseguradoras.
- Instituciones de inversión colectiva y sus correspondientes sociedades gestoras.
- Fondos de pensiones y sus sociedades gestoras.
- Entidades de capital riesgo y sus sociedades gestoras.
- Entidades que ejerzan las actividades típicas de las anteriores.
- Administraciones públicas.
- Los directivos y administradores de una entidad adherida al FOGAIN, sus apoderados, los socios, el auditor y sus familiares en primer grado.
- Los inversores que sean responsables directa o indirectamente de la situación de deterioro patrimonial de la entidad.
Tampoco están cubiertas las inversiones en bienes tangibles ni las operaciones realizadas a través de intermediarios no autorizados por la CNMV.