Cuando firmamos una hipoteca, estamos ofreciendo la casa como garantía del pago. De esta forma, el banco está más dispuesto a cedernos una gran cantidad de dinero, ya que, si no podemos pagar las cuotas, se quedará con la propiedad. ¿Y si pudiéramos hacer lo mismo con los préstamos? Pues se puede, y es lo que se conoce como pignorar un préstamo.
¿Qué es pignorar un préstamo?
Pignorar un préstamo es dejar como prenda o garantía uno o más bienes como una forma adicional de asegurar el pago. En otras palabras, la pignoración viene a ser una fianza. No es una figura muy frecuente, pero es un recurso que tienen los bancos para asegurar las operaciones financieras cuando el perfil del solicitante no cuenta con las garantías necesarias para asegurar que podrá devolver el dinero.
A través de esta técnica, si el cliente incurre en un impago, la entidad bancaria puede ejecutar su derecho a quedarse con la propiedad del bien pignorado. De esta forma, recuperaría el dinero y el capital invertido, aunque sea "en especie". A partir de aquí, puede vender el bien en subasta pública o ejecutar los derechos. No obstante, si el cliente devuelve el dinero del préstamo, recuperará el bien pignorado.
La ventaja de pignorar un préstamo es que los intereses son más bajos que los de un préstamo normal. La principal desventaja es que no vamos a poder disponer del bien pignorado durante la duración del préstamo. Además, el porcentaje máximo que suelen ofrecer los bancos está entre el 60% y el 80% del valor del producto (como ocurre en las hipotecas).
¿En qué se diferencia la pignoración de la hipoteca?
La pignoración y la hipoteca pueden parecer similares, pero presentan ciertas diferencias importantes. Para empezar, el bien pignorado se da al prestamista, lo que significa que su titular no lo tiene en posesión y no lo puede utilizar durante el tiempo que dure el préstamo. Es decir, que el bien pasa a estar bajo la custodia física del prestamista. Por ejemplo, si pignoramos un vehículo para conseguir un préstamo, no podremos utilizarlo, venderlo, alquilarlo o prestarlo.
Por otro lado, la firma de una hipoteca conlleva poner la propia casa como garantía. Sin embargo, en la pignoración tenemos la posibilidad de ofrecer como garantía diversos bienes físicos o productos financieros con la condición de que cubran el valor del préstamo (y de que el banco los acepte). Además, pueden pignorarse uno o más bienes. Ahora bien, si se trata de un producto financiero que genera intereses, lo más habitual es que el propietario original pueda cobrar las rentas generadas.
Asimismo, los costes que conlleva la pignoración suelen ser inferiores a los de la hipoteca. Y es que a la hipoteca hay que sumarle los costes burocráticos, como la tasación de la vivienda o el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD).