El dinero no siempre nos llega para cubrir nuestras necesidades. Si necesitamos un préstamo, lo más habitual es acudir a un banco o a una fintech como Azlo. Sin embargo, también tenemos la opción de pedir dinero a un amigo o a un familiar para ahorrarnos el pago de intereses. En estos casos podemos caer en la tentación de realizar la operación de manera informal por eso de que "hay confianza". No obstante, para formalizar un préstamo entre particulares es necesario firmar un contrato.
¿Qué es un préstamo entre particulares?
Un préstamo entre particulares es un préstamo en el que solo intervienen personas físicas. Se trata de un tipo de préstamos legales que están regulados por la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, al igual que los préstamos bancarios. La diferencia es que no están avalados por el Banco de España.
Normalmente, este tipo de préstamos se realizan entre familiares, amigos o conocidos sin ánimo de lucro. No obstante, también se pueden formalizar entre desconocidos (como algunas operaciones de crowdlending), pero aquí ya sí que se persigue un beneficio económico.
Este tipo de préstamos están exentos de impuestos (siempre que no se cobren intereses), pero sí que se deben declarar a Hacienda. El objetivo es evitar fraudes relativos al impuesto de sucesiones y donaciones (ISD).
Pasos para realizar un préstamo entre particulares
Para evitar líos fiscales y problemas, antes de realizar un préstamo entre particulares hay que redactar un contrato. En el contrato de préstamo deben figurar los siguientes datos:
- La identidad de los sujetos intervinientes: prestamista y prestatario.
- La cantidad prestada.
- El plazo de devolución y características de las cuotas.
- La fecha del contrato.
- Los posibles intereses o comisiones que se pacten.
- Los documentos de prueba que demuestran que el préstamo se ha hecho efectivo.
- Posibles avales o garantías.
¿Pero por qué necesitamos un contrato para realizar un préstamo entre amigos o entre padres e hijos? La respuesta pasa por la Agencia Tributaria. Si Hacienda detecta la cesión del dinero, podría considerar que se trata de una donación, quedando sujeta al pago de impuestos derivados del ISD.
Además, este documento nos puede servir en caso de que necesitemos reclamar las cantidades adeudadas por vía judicial o extrajudicial. Y también para tener un justificante de los movimientos bancarios.
No es necesario que el contrato se firme en documento público o escritura notarial, aunque puede ser recomendable contar con el asesoramiento de un notario en ciertos casos. Por otro lado, debemos presentar el contrato ante la oficina liquidadora autonómica de Hacienda que corresponda. Es obligatorio, pero la gestión no tiene coste, ya que están sujetos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, pero están exentos de tributación. Es decir, que no hay que pagar nada.
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