El impuesto sobre el valor añadido, más conocido como IVA, es una carga a la que se enfrentan todos los consumidores, ya que grava el consumo. Prácticamente cada vez que compramos algo estamos pagando este impuesto. A continuación, recogemos algunos de los elementos esenciales del impuesto sobre el valor añadido que todo consumidor debería conocer.
¿Qué es el IVA?
El impuesto sobre el valor añadido (IVA), también conocido como impuesto al valor agregado, es un impuesto indirecto sobre el consumo que graba las entregas de bienes y las prestaciones de servicios, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Es decir, que se incluyen las entregas de bienes y prestaciones de servicios, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.
Es indirecto porque no se aplica de manera directa sobre las rentas de los contribuyentes (como el IRPF), sino que se paga en función del consumo que hace cada persona. En otras palabras: cuanto más se compra, más IVA se paga.
Los tres tipos impositivos del IVA
La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece tres tipos impositivos que se diferencian por el porcentaje que se aplica. Se supone que, cuanto más básica sea la necesidad de un producto o servicio, menor será el IVA que se aplique (aunque esto no siempre se cumple). De esta forma, los tipos vigentes actualmente son:
- Tipo general: 21%. Es el que se utiliza por defecto para cualquier tipo de producto o servicio, como el combustible, los electrodomésticos, los videojuegos, las bebidas alcohólicas o el tabaco.
- Tipo reducido: 10%. Afecta a la mayoría de alimentos, al transporte de viajeros o a los servicios de hostelería, entre otros.
- Tipo superreducido: 4%. Se utiliza para los productos considerados de primera necesidad, como el pan, la leche, las frutas o las verduras. Además, también se reserva para libros, medicinas o sillas de ruedas, entre otros productos y servicios.
Además, también hay algunas actividades exentas de IVA, como la enseñanza de idiomas o los servicios prestados por escritores. No obstante, uno de los planes del Gobierno a corto plazo es modificar estos tipos impositivos para ampliar la lista de productos recogidos en el tipo general. También se ha hablado de una supuesta subida del impuesto, aunque aún no hay nada claro al respecto.
¿En qué se diferencia el IVA soportado del repercutido?
Como consumidores, el concepto de IVA soportado y repercutido no nos afecta de manera directa. Sin embargo, las empresas y los trabajadores autónomos tienen que tener muy clara esta distinción.
El IVA repercutido es el que cobra una empresa al cliente cuando vende un bien o un servicio. Por ejemplo, si el cerrajero nos cobra 100 euros por un servicio de urgencia, tendrá que añadir un 21% al coste final, por lo que el cliente tendrá que pagar un total de 121 euros.
Por otro lado, el IVA soportado es el que paga una empresa por comprar un bien o servicio. Si volvemos a nuestro ejemplo, el IVA de las herramientas que compra el cerrajero para hacer su trabajo será el IVA soportado.
Al final del periodo impositivo, cada empresa o autónomo tiene que calcular la cantidad que le corresponde pagar restando el IVA soportado al repercutido. Por lo tanto, la empresa o autónomo es el encargado de abonar al Estado el valor del impuesto sobre el valor añadido cobrado por sus servicios, pero descontando la cantidad del IVA soportado.