Seamos sinceros: a nadie le gusta pagar un seguro. No solo suelen ser caros, si no que, en el momento de la verdad, muchas veces no cubren nuestras necesidades. Sin embargo, los seguros muchas veces nos dan tranquilidad. Es más, en algunos casos son obligatorios. ¿Pero es obligatorio tener un seguro de hogar cuando vivimos en una casa de alquiler?
¿Es obligatorio tener un seguro de hogar si vivo de alquiler?
Tranquilidad, porque no es obligatorio tener un seguro de hogar si vivimos en una casa de alquiler. Ni el inquilino ni el arrendador están obligados a contratar un seguro de hogar. Solo cuando compramos una vivienda a través de una hipoteca es obligatorio tener un seguro de hogar.
Ahora bien, es recomendable que tanto inquilino como arrendador contraten un seguro de hogar para proteger sus bienes. ¿Por qué? Pues porque, según lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, el inquilino es responsable de los pequeños desperfectos derivados del uso de la vivienda. Por su parte, el propietario tiene que encargarse de realizar las reparaciones y reformas para garantizar la habitabilidad de la vivienda.
¿Qué cubre el seguro de hogar del propietario?
El seguro de hogar el propietario cubre la vivienda en sí. Es decir, la estructura de la casa o el continente. Inundaciones, incendios u otros daños que no procedan de un mal uso de la vivienda quedan cubiertos.
Es más, si se añade la responsabilidad civil a las coberturas también quedan cubiertos los daños que pueda generar un mal funcionamiento de la vivienda a terceros. Al fin y al cabo, casi todos hemos sufrido las dichosas goteras por un problema en el piso del vecino de arriba.
¿Qué cubre el seguro de hogar del inquilino?
En cuanto al seguro de hogar del inquilino, las coberturas protegen los objetos personales, es decir, el continente de la vivienda. En este caso, la cobertura de responsabilidad civil abarca los daños ocasionados a un tercero por el mal uso de la vivienda (como liarla parda por dejar un grifo abierto). Esto es interesante, porque el propietario no está obligado a cubrir estos gastos.
Asimismo, existe un seguro de hogar específico para inquilinos de viviendas de alquiler. Además de cubrir todas estas circunstancias, también cuentan con una cobertura para recuperar la fianza en el caso de que el propietario se niegue a devolver el dinero. La ventaja es que, si el titular es autónomo, podrá deducirse los gastos del seguro del hogar en la proporción que resulte afectada la casa en la declaración de la renta.
¿Qué más cubre un seguro de hogar?
Los seguros del hogar suelen ofrecer algunas coberturas más que van más allá de la casa. Es necesario consultar cada póliza, pero algunas de las coberturas adicionales que suelen incluir son:
- Robos fuera del hogar.
- Servicio de reparaciones en el hogar o de "manitas".
- Actos vandálicos en la vivienda.
- Asistencia en caso de inhabitabilidad temporal.
- Ciertos daños causados por mascotas en el hogar.
- Uso fraudulento de tarjetas de crédito.
- Cerrajería de urgencia.
- Asistencia telemática para dudas o fallos de equipos informáticos.