Cómo recurrir una multa de tráfico - Azlo

Cómo recurrir una multa de tráfico

Formas de recurrir una multa de tráfico.

por | Oct 8, 2020 | General

Todos los conductores saben que hay pocas cosas que sientan tan mal como recibir una multa injusta. Ya puedes poner todo el cuidado del mundo, que al menor descuido... ¡zas! Un minuto en doble fila y, cuando vuelves, la "receta" te espera en el limpiaparabrisas. Un radar traicionero. O esa pareja de la Guardia Civil esperándote detrás de la curva para recordarte que las prisas no son buenas. Sin embargo, no todas las multas que nos llegan son procedentes. Si creemos que no hemos cometido una infracción y no estamos dispuestos a sacar la cartera tan fácilmente, siempre podemos recurrir. ¿Pero qué pasos hay que dar para recurrir una multa de tráfico?

Cosas a tener en cuenta antes de recurrir una multa de tráfico

Todo aquel que recibe una multa de tráfico tiene derecho a presentar alegaciones si no está de acuerdo con los hechos atribuidos. Pero, hecha la ley, hecha la trampa.

Cuando nos llega la notificación de la multa a nuestro domicilio tenemos un periodo voluntario de 20 días naturales para pagarla. Si pagamos durante este plazo nos beneficiaremos de una reducción del 50% de la cuantía de la multa. El problema es que, si pagamos, se entiende que renunciamos a presentar alegaciones. Y si presentamos alegaciones, perderemos el derecho al descuento del 50%. Por lo tanto, si la alegación es desestimada nos tocará pagar el importe total.

Así, antes de recurrir una multa de tráfico, debemos estar bastante seguros de que nuestra reclamación va a llegar a buen puerto. Si no, la broma nos podrá salir muy cara.

¿Puedo recurrir una multa de tráfico?
La viva imagen de todos nosotros cuando nos dan la "receta".

Requisitos para recurrir una multa de tráfico

Los agentes nos pueden poner la multa en el acto o nos puede llegar a nuestro domicilio unos días después de la notificación. No obstante, la Dirección General de Tráfico (DGT) se ha modernizado y está empezando a mandarlas también a través del correo electrónico. Si nos intentan notificar y no nos localizan, la DGT procederá a publicar la sanción en el Tablón Edictal Único.

Tras la publicación en el tablón o la recepción de la multa en nuestro domicilio contaremos con 20 días naturales para presentar nuestras alegaciones y un mes para interponer un recurso de reposición. Podremos interponer el recurso contra la sanción cuando finalice la tramitación administrativa. Dependiendo de su aplicación, hay dos tipos de recursos:

  • Recurso potestativo de reposición para todas las sanciones.
  • Recurso extraordinario de revisión para actos firmes que tengan ciertas anomalías esenciales.

En la reclamación podremos aportar todos los documentos y pruebas que estimemos oportunos, así como la información que no se haya tenido en cuenta o que sea errónea. Tráfico analizará nuestra alegación o recurso y redactará una resolución definitiva.

Si no estamos conformes con su respuesta, si se trata de una alegación, podremos seguir reclamando en la vía administrativa a través de un recurso de reposición. Si se trata de un recurso, tenemos la opción de recurrir directamente a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo. No obstante, en este último supuesto necesitaríamos estar asistidos por abogado y procurador, con el coste que conlleva.

¿En qué se diferencia una alegación de un recurso?

Podemos presentar una alegación si hay algún error o no estamos de acuerdo con la multa. La DGT estudiará nuestra alegación y resolverá. Por otro lado, el recurso se interpone después de haberse dictado la resolución si no estamos de acuerdo con la misma.

¿Qué necesitamos?

Podemos recurrir una multa de tráfico a través de internet, por correo postal o presencialmente en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Lo más fácil es presentar nuestra reclamación por internet, ya que solo necesitaremos el número de expediente sancionador. El número de expediente es un número de 12 cifras que se encuentra en la cabecera de la notificación de la multa.

Si utilizamos otra vía, tendremos que redactar un escrito explicando nuestras alegaciones o el recurso que solicitamos. La DGT nos facilita un impreso, pero podemos redactar otro documento siempre que contenga los siguientes datos:

  • Número del expediente sancionador.
  • Datos del interesado.
  • Alegaciones.
  • Firma del interesado.

La presentación puede realizarla la persona denunciada. Si no se identifica al responsable, podrá presentar el recurso o las alegaciones el titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción. Y también podemos designar un representante.

En todo caso, la DGT nos recuerda que la presentación de alegaciones y recursos es un trámite gratuito. No obstante, la banca siempre suele ganar. Si optas por pagar la multa y necesitas dinero, en AZLO te ayudamos con un préstamo rápido de hasta 300 euros. Solo tienes que rellenar la solicitud a través de la calculadora y, una vez aprobada, tendrás en dinero en tu cuenta en menos de 15 minutos. Todo el proceso se realiza completamente online. Es fácil, no te pedimos papeleos y no te hacemos preguntas.

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