La crisis económica del coronavirus nos está afectando a todos, pero está cebándose especialmente con los autónomos. Para intentar poner un freno al vendaval de negocios cerrados y trabajadores arruinados, el Gobierno y las asociaciones de representantes de trabajadores autónomos han acordado prorrogar un paquete de ayudas hasta el 31 de mayo para paliar los efectos de la pandemia. Hoy mismo se aprobará el plan, que recoge condiciones más flexibles para poder acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad. Si es que alguien la consigue cobrarla, claro. Veamos en detalle las nuevas medidas.
Así quedan las ayudas para autónomos prorrogadas hasta el 31 de mayo
Todos los trabajadores autónomos se llevaron una desagradable sorpresa en octubre y noviembre. ¿Por qué había subido la cuota de autónomos de repente? Como ya vimos, está subida se debía a un acuerdo de 2018 entre el Gobierno y las organizaciones de autónomos. Estaba previsto que entrara en vigor el 1 de enero de 2020, pero se retrasó por problemas organizativos de la Seguridad Social.
Al final, los cargos correspondientes a esos nueve meses se cobrarán de forma progresiva, empezando por octubre y noviembre. ¿Y luego qué? Pues a esperar otra sorpresa en la cuota, porque ni siquiera la Seguridad Social sabe cómo ni cuándo cobrará el resto. De hecho, una de las medidas del nuevo paquete de ayudas para autónomos es el aplazamiento de la subida de tipos, que ya subió durante 2020 entre tres y 12 euros de media al mes.
Pero hay más. Algunos de los cambios más importantes son los siguientes:
- Desde el próximo 1 de febrero, no será necesario haber sido anteriormente beneficiario de la prestación por cese de actividad para acceder a la ayuda, eliminando el requisito de haber sido beneficiario entre marzo y junio.
- Se suspende la subida de la cuota del RETA hasta el 31 de mayo (de momento).
- Se eliminan algunas dificultades para el acceso a la ayuda para autónomos de temporada.
- El nivel de pérdida de ingresos se reduce del 75% al 50% para poder acceder al cobro de la prestación y a la exoneración del 100% de las cuotas.
Según creen las asociaciones de autónomos, las modificaciones servirán para duplicar el número de autónomos que se pueden beneficiar de la prestación extraordinaria por cese de actividad, llegando a más de 700.000 trabajadores autónomos. A la hora de la verdad, ya se verá.
¿En qué casos el autónomo puede acceder al cese de actividad?
Según lo indicado en el nuevo decreto, hay cuatro supuestos en los que los trabajadores autónomos pueden acceder al cese de actividad extraordinario. Son los siguientes:
- Los autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad podrán acceder a una prestación del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada y la exoneración de la cuota de autónomos.
- Las mismas ayudas se aplicarían a los trabajadores afectados por restricciones horarias y de aforo. Pero tendrán que demostrar que han obtenido en el primer semestre del 2021 unos ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia inferiores en un 50% a los habidos en el primer trimestre de 2020.
- También se darán estas ayudas por el cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia. Para ello, será necesario demostrar el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019.
- Por último, la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada es del 70% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desempeñada, y también quedan exonerados del pago de la cuota durante la percepción de la prestación.
Más zancadillas para los autónomos
No obstante, estas medidas van acompañadas de más obstáculos. Al margen de las dificultades que sufren los autónomos para acceder a cualquier tipo de ayudas, ahora se une un nuevo revés de la Agencia Tributaria. Y es que los autónomos no podrán deducirse los gastos extra en suministros ocasionados por teletrabajar desde casa si es por la pandemia.
Así se extrae de la negativa de la Dirección General de Tributos a la consulta vinculante de una trabajadora por cuenta propia, que planteaba la posibilidad de deducirse los gastos de suministro adicionales en su hogar (como luz, gas o internet) al tener que desarrollar su actividad profesional desde casa en vez de su despacho, su lugar de trabajo habitual. La Dirección General de Tributos entiende que se trata de una circunstancia "ocasional y excepcional" que no justifica la desgravación.
Y esto a pesar de que un autónomo puede desgravarse la parte proporcional de estos gastos cuando desarrolla su actividad profesional desde casa de forma habitual (aunque, para ello, la vivienda debe encontrarse afecta a la actividad). Desde luego, ser trabajador autónomo en España es una actividad de alto riesgo.