Mañana, 7 de abril de 2021, comienza la campaña de la renta 2020. Desde mañana mismo podemos solicitar el borrador y presentar por internet la declaración del IRPF. Además, a partir del 6 de mayo se habilita la opción de realizar la declaración por teléfono y, a partir del 2 de junio, podremos hacerla de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Pero esta campaña va a ser singular. Tras los ERTE del coronavirus, el exceso de fallecidos, las ayudas económicas para paliar los efectos de la crisis sanitaria y la aprobación del ingreso mínimo vital, este año se esperan más cambios de los habituales en la declaración de la renta. Veamos las principales novedades que nos trae 2021.
Principales cambios y novedades de la declaración de la renta en 2021
A continuación, recogemos los cambios y las novedades más importantes que se aplicarán en la declaración de la renta de la campaña 2020-2021.
ERTE
Una de las novedades más importantes de la campaña de la renta de 2021 afecta a los trabajadores que han cobrado una prestación por desempleo por estar incluidos en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). De hecho, unas 327.000 personas están afectadas por este motivo, y muchas de ellas tendrán que pagar.
¿Por qué? Pues porque el límite de 22.000 euros anuales procedentes de rendimientos del trabajo para que un contribuyente no esté obligado a declarar deben proceder de un solo pagador. Pero los trabajadores en ERTE han obtenido ingresos de al menos dos pagadores: su empresa y la Administración. En este caso, si han cobrado más de 14.000 euros tendrán que presentar la declaración.
Según indican los economistas, la mayoría de los ERTE que ha pagado el SEPE casi no tienen retención, porque no llegaban a los límites mínimos. Pero traduzcamos esto a números: esto implica que muchos trabajadores van a tener que pagar entre 800 y 1.000 euros más en esta declaración.
No obstante, Hacienda les permitirá fraccionar el pago. De esta forma, los trabajadores afectados por un ERTE podrán pagar en seis meses el IRPF correspondiente a 2020.
Ingreso mínimo vital
Los beneficiarios del ingreso mínimo vital están obligados a presentar la declaración de la renta correspondiente a los ejercicios en los que se perciba. Esta medida puede provocar algunos desajustes, por lo que probablemente sea objeto de más cambios en los siguientes ejercicios.
Rentas inmobiliarias
Según la Ley del IRPF, se establece la imputación de rentas inmobiliarias, excluyendo la residencia habitual. Es decir, que si en 2020 no hemos podido disfrutar de nuestra segunda residencia por la aplicación de las medidas de la COVID-19, deberemos pagar igual pese al confinamiento.
Aportaciones a los planes de pensiones
Las aportaciones personales a los planes de pensiones no pueden superar los 2.000 euros. Asimismo, las aportaciones de empresas no pueden exceder los 8.000 euros. También se reducen las aportaciones que puede hacer un cónyuge (hasta 1.000 euros al año) y las de los seguros privados de dependencia (hasta 2.000 euros).
Subvenciones y ayudas
Las subvenciones, prestaciones o ayudas recibidas para paliar los efectos de la crisis del coronavirus tienen que declararse. Aquí se incluyen las ayudas para las actividades de los autónomos, las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda y otras.
Nuevos tramos de gravamen en la renta general y renta del ahorro
Los cinco tramos de la escala de gravamen que se aplican a la base liquidable general han pasado a ser seis desde el 1 de enero de 2021. Pero solo afecta las rentas superiores a 300.000 euros, a las que se les aplicará un tipo del 24,50% (dos puntos más que el año pasado).
Por otro lado, respecto a las rentas del ahorro, se añade un nuevo tramo para la base liquidable de ahorro que exceda los 200.000 euros, a la que se aplicará un tipo del 13%. Los anteriores tramos se mantienen igual que en 2020.
¿Hay que pedir cita?
Si optamos por entregar nuestra declaración de la renta vía online, no necesitamos pedir cita previa. Sin embargo, para hacer la declaración por teléfono deberemos pedir cita a partir del 4 de mayo. Si preferimos ir a una de las oficinas, se puede pedir cita a partir del 27 de mayo. La petición de citas se puede realizar hasta el 29 de junio, pero la campaña finaliza el 30 de junio, así que mejor no ajustar demasiado.