Todos hacemos la declaración del IRPF conteniendo la respiración hasta ver el resultado final. Cuando llegamos a la última página sabemos si el resultado es a devolver o a ingresar. Ahora que estamos en plena campaña de la declaración de la renta, vamos a ver qué ocurre en el caso de que salga a ingresar, pero no podemos pagar la deuda.
¿Cómo se puede pagar la declaración de la renta con resultado a ingresar?
Normalmente, cuando el resultado de la declaración de la renta sale a ingresar es que no nos han retenido la cantidad suficiente para pagar nuestros impuestos o hemos obtenido un ingreso extraordinario. Pero la campaña de la renta 2020-2021 no tiene nada de normal por las consecuencias de la pandemia del coronavirus.
De hecho, uno de los principales cambios de este año es que algunas personas que hasta ahora no estaban obligadas a hacer la declaración de la renta en esta ocasión sí que tendrán que presentarla. Por ejemplo, los afectados por los ERTE y los beneficiarios del ingreso mínimo vital van a tener que acudir inevitablemente a esta indeseada cita. Y ni los fallecidos se libran del yugo de la Agencia Tributaria.
La AEAT ha preparado un tutorial en vídeo (que podemos ver debajo de estas líneas) con las opciones de pago para pagar a Hacienda las cantidades adeudadas en concepto de IRPF. Si nos sale a ingresar (o, como decimos habitualmente, a pagar) tenemos básicamente dos alternativas y una novedad para los afectados por un ERTE: pago fraccionado, pago no fraccionado y pago a plazos.
Pago fraccionado
Por defecto, aparecerá marcada la opción de pago fraccionado a través de domiciliación en cuenta. En el primer plazo se paga el 60% del resultado de la declaración, que se cargará el 30 de junio. En el segundo plazo se paga el 40% restante, y la cantidad se cargará el 5 de noviembre.
Además del pago domiciliado, también se puede optar por el pago electrónico o un documento para ingresar en banco o caja. A gusto del contribuyente... siempre que pague.
Pago no fraccionado
Los contribuyentes pueden pagar la cantidad adeudada en un único pago a través de los mismos métodos: domiciliación del importe a ingresar, pago electrónico o documento para ingresar en banco o caja. Pero también puede acogerse a otras modalidades de pago, como el reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago o la solicitud de aplazamiento.
Pago a plazos para los afectados por un ERTE
Los trabajadores incluidos en un ERTE en 2020 podrán solicitar de manera voluntaria un fraccionamiento extraordinario. De esta forma, pueden pagar la declaración en seis plazos con vencimientos los días 20 de cada mes, siendo el primero el 20 de julio de 2021.
La declaración de la renta me ha salido a ingresar y no puedo pagar. ¿Y ahora qué?
Si no podemos pagar, Hacienda nos ofrece otras modalidades de pago si escogemos la opción de pago no fraccionado. Son las siguientes:
- Reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago.
- Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento.
- El reconocimiento de deuda con solicitud de compensación.
- Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago.
- Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento.
- El ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de compensación.
- Reconocimiento de deuda o ingreso parcial con solicitud de pago mediante entrega de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.
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