La crisis del coronavirus nos ha afectado a todos, pero algunas personas están sufriendo aún más sus efectos. Para paliar el impacto de la pandemia, el Estado y las comunidades autónomas han puesto en marcha una serie de iniciativas al alcance de los más vulnerables. Una de ellas es el programa de ayudas al alquiler de vivienda habitual. Y ahora se ha prorrogado hasta agosto.
¿Cuáles son las ayudas al alquiler de vivienda habitual por la crisis del coronavirus?
El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 regula las ayudas al alquiler de vivienda (entre otras cosas) a través de diez programas. En concreto, el programa 10 está reservado a las ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
Es decir, que se trata de una medida especial por coronavirus, por lo que es de carácter temporal. Hasta ahora, el plazo de solicitud terminaba el 31 de mayo y el de formalización, el 30 de junio. Sin embargo, el Gobierno ha decidido volver a prorrogar el plazo de solicitud hasta el 9 de agosto y el de formalización hasta el 9 de septiembre. No obstante, estas fechas podrían extenderse hasta el 31 de agosto y el 30 de septiembre, respectivamente, a propuesta de la comisión de seguimiento.
Las ayudas al alquiler de vivienda habitual por coronavirus consisten en préstamos avalados por el Estado para hacer frente a estos pagos, así como la bonificación total de gastos e intereses para el solicitante. Están dirigidos a los hogares que se encuentren en una situación de vulnerabilidad a causa de la pandemia.
El Gobierno justifica esta prórroga por la evolución actual de la pandemia y la vulnerabilidad que puede provocar en los arrendatarios de una vivienda habitual. Además, también hace referencia a la incierta proyección de la misma en los próximos meses.
Cómo pedir las ayudas al alquiler por la pandemia de la COVID-19
El programa de ayudas extraordinarias para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual está diseñado para que ciertas personas vulnerables puedan obtener financiación para abonar estos pagos, según lo dispuesto en el Real Decreto Ley 11/2020. La concesión de ayudas se realiza mediante adjudicación directa a los arrendatarios que sufran problemas transitorios para cubrir el pago parcial o total del alquiler. Para la concesión de ayudas se han de reunir los siguientes requisitos:
- Las ayudas son para pagar el alquiler de la vivienda habitual y permanente.
- Los arrendatarios solicitantes han de acreditar estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del coronavirus. Esta situación es determinada por las comunidades autónomas y por el artículo 5 del mencionado Real Decreto Ley.
- El inquilino no puede ser familia cercana del casero.
La cuantía de la ayuda cubre hasta un importe máximo de 900 euros al mes y 100% de la renta arrendaticia en un plazo máximo de seis meses. Pero la ayuda no podrá superar en ningún caso la cantidad total de 5.400 euros.
Para pedir las ayudas al alquiler de la vivienda habitual se ha de presentar la solicitud en la comunidad autónoma correspondiente. No obstante, cada territorio impone sus requisitos, trámites y condiciones.
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