La semana pasada el Tribunal Constitucional soltó una bomba: una sentencia anulaba el impuesto de plusvalía municipal. Esto no hizo mucha gracia en los ayuntamientos, pues este tributo supone un gran sustento para las administraciones locales. ¿Pero que es el impuesto de plusvalía, qué implica la sentencia y cómo nos afecta?
¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
El impuesto de plusvalía municipal es el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). Este impuesto grava el aumento del valor de un inmueble durante los años de posesión hasta su transmisión, independientemente de que el inmueble tenga menos valor en el momento de la transmisión que en el de la adquisición.
Se trata de un tributo directo que gestionan los ayuntamientos y se paga cuando se vende, dona o hereda una vivienda. El que paga el impuesto es el beneficiario o el que recibe el dinero. Según datos de Idealista, por este impuesto se suelen pagar entre 3.000 y 6.000 euros.
¿Cuál es el problema?
Este impuesto se paga independientemente del valor de la vivienda en el momento de la transmisión. Es decir, que hay que pagarlo tanto si se gana dinero con el traspaso como si no. Esto sucede porque se calcula sobre un valor teórico, una revalorización que establecen los ayuntamientos en base al catastro y al tiempo de posesión que puede no ajustarse a la realidad.
Por lo tanto, este tributo está mal calculado. Según el Tribunal Constitucional, el impuesto es inconstitucional porque el cómputo objetivo no se ajusta a la realidad y vulnera el principio de capacidad económica del artículo 31 de la Constitución Española.
¿Qué ha anulado exactamente la sentencia del Tribunal Constitucional?
La sentencia ha anulado el impuesto de plusvalía municipal... por el momento. Más concretamente, lo que anula es el cálculo. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda ya ha anunciado que está trabajando en un borrador de la reforma de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para cambiar el cálculo de la base imponible de este impuesto y poder volver a aplicarlo.
¿Y ahora qué?
Es decir, que dentro de poco vamos a tener que volver a pagar el impuesto de plusvalía municipal. Pero antes el Gobierno tiene que adaptarlo y regularlo. Mientras tanto, los ayuntamientos han pedido que se cree un fondo compensatorio para atenuar el agujero que les va a generar esta pérdida de ingresos.
Por otro lado, el Tribunal Constitucional ha dejado claro que la resolución no tiene efectos retroactivos. Esto significa que los contribuyentes que ya han pagado el impuesto de plusvalía municipal no van a poder recuperar su dinero, a pesar de que se haya declarado ilegal.