Cómo hacer la declaración de la renta: Fechas y claves - Azlo

Cómo hacer la declaración de la renta: Fechas y claves

En AZLO te ayudamos con algunos trucos para hacer la declaración de la renta

por | May 5, 2020 | Actualidad, Finanzas

¿Todavía no has hecho la declaración de la renta? Las circunstancias excepcionales causadas por el coronavirus (el enemigo número número uno de humanidad ahora mismo) han afectado a todos los ámbitos de nuestras vidas. Sin embargo, nuestra cita anual con Hacienda no se cancela ni por una pandemia mundial. Así que, como cada año, los ciudadanos tienen que cumplir con su deber de presentar su declaración.

¿No te aclaras con la versión virtual del antiguo Programa PADRE y no sabes cómo hacer la declaración de la renta? No te preocupes, porque hoy comienza el plazo para solicitar cita previa para que te ayuden a hacerla por teléfono los agentes de la AEAT (lo que se conoce popularmente como Hacienda). Además, en AZLO te ofrecemos algunas claves y consejos para que hacer la declaración de la renta no tenga secretos para ti.

¿Por qué tengo que hacer la declaración de la renta?

Comencemos por lo más básico y expliquemos qué es el IRPF en términos sencillos. La declaración de la renta o IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) es el tributo económico que todos los ciudadanos tenemos la obligación de pagar anualmente a la Agencia Tributaria. Su cómputo se calcula en función de los ingresos que hayamos obtenido a lo largo del año.

Estos ingresos personales varían en función de las nóminas, rendimientos del capital mobiliario, plusvalías, prestaciones públicas... El IRPF grava los ingresos mediante un porcentaje que se aplica de forma progresiva a la renta de cada persona, de donde se obtiene la cuota íntegra. De aquí se restan las deducciones correspondientes, dando como resultado la cuota líquida o el importe final de IRPF.

Esta es la principal fuente de ingresos de Hacienda junto con el IVA. A nadie le gusta pagar impuestos, pero así podemos disfrutar de servicios públicos, como el sistema sanitario, los colegios, la recogida de basuras, el mantenimiento de infraestructuras, la seguridad, la justicia, las prestaciones por desempleo... ¿Te imaginas tener que pagar todos estos servicios de tu bolsillo?

Fechas y plazos

Es importante conocer bien los plazos que tenemos para declarar el impuesto. Si se nos olvida presentar la declaración de la renta a tiempo, el Estado nos pueden imponer sanciones, recargos y multas. Las fechas más importantes para la campaña de la renta de 2019 son los siguientes:

  • 1 de abril de 2020: Inicio de la campaña Renta 2019. Desde esta fecha se puede solicitar y presentar el borrador por internet a través de Renta WEB.
  • 5 de mayo: Inicio de solicitudes para pedir cita previa en la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la renta en sus instalaciones. Sin embargo, esto ha sido sustituido por el servicio "Le llamamos" que veremos más adelante.
  • Mediados de mayo: El Gobierno estimaba que durante estos días se podría empezar a acudir presencialmente a las oficinas de la AEAT, pero con las fases de la desescalada no parece que vaya a ser posible elaborar las declaraciones presencialmente.
  • 25 de junio de 2020: Finalización de la campaña.
  • 30 de junio de 2020: Ampliación para las declaraciones con resultado a devolver con renuncia a la devolución, negativas o a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
  • 5 de noviembre de 2020: Fecha límite para ingresar el segundo pago si se había solicitado el pago fraccionado en las declaraciones con resultado a pagar (el primer plazo se paga cuando se presenta y aprueba la declaración).
Trucos para hacer la declaración de la renta
La cara de todos los españoles haciendo la declaración de la renta.

No obstante, debido a las circunstancias extraordinarias de este año por el dichoso coronavirus, la AEAT ha puesto a disposición de los contribuyentes el servicio "Le llamamos". De esta forma, del 5 de mayo al 29 de junio podremos solicitar que los agentes de Hacienda nos llamen por teléfono para ayudarnos a hacer nuestra declaración de la renta.

La AEAT comenzará a devolver las llamadas a partir del 7 de mayo. Si solicitas este servicio, recuerda tener a mano tu tu número de referencia (para lo que necesitamos el DNI/NIE y la casilla 505 de la renta de 2018), la información sobre tus rendimientos del trabajo, ganancias y pérdidas patrimoniales, así como otra documentación pertinente.

Principales novedades de la declaración de la renta de 2019

A Hacienda le gusta que mantengamos la mente despierta. Por eso todos los años introducen cambios y modificaciones torticeras que nos complican la vida. Sin embargo, este año han reducido considerablemente las novedades:

  • Si los rendimientos netos del trabajo son iguales o inferiores a 13.115 euros se aplicará una reducción de 5.565 euros.
  • Si los rendimientos netos del trabajo están entre 13.115 y 16.825 euros el contribuyente podrá reducirse 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre la cantidad total y 13.115.
  • El dinero ganado por premios de loterías y apuestas está exento hasta un máximo de 20.000 euros.
  • En el apartado de declaración de inmuebles habrá que indicar el uso que se les haya dado (alquiler, venta o uso privativo).
  • Se ha simplificado la identificación del domicilio fiscal.

Deducciones más importantes

Pero vamos a lo que más nos interesa. ¿Qué deducciones podemos aplicar a la hora de hacer nuestra declaración de la renta para pagar menos? Hay cientos de deducciones autonómicas —algunas de ellas compatibles con las estatales— aplicables a la cuota líquida. Algunas de ellas son las siguientes:

  • Deducción por vivienda habitual, siempre que el inmueble se comprara antes del 1 de enero de 2013. Las cantidades invertidas para la construcción, rehabilitación o adquisición se pueden deducir por el 15% sobre un máximo de 9.040 euros anuales.
  • Deducción por alquiler de vivienda habitual para contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Los inquilinos podrán deducirse el 10,05% de las cuotas por el alquiler de su vivienda habitual siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.
  • Las familias numerosas o los que tengan personas con discapacidad a cargo pueden deducirse 1.200 euros anuales.
  • Las familias monoparentales con dos hijos podrán deducirse 1.200 euros anuales.
  • Los donativos a entidades sin ánimo de lucro dan derecho a una deducción del 75% hasta los 150 euros, y del 30% para el resto de la aportación. Las donaciones a otras asociaciones declaradas de utilidad pública también dan derecho a una deducción del 20%, con un límite máximo de 600 euros anuales.
  • Las aportaciones a los planes de pensiones desgravan hasta 8.000 euros o el 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas del contribuyente sobre la base imponible.
  • Deducción por maternidad aplicable a las mujeres con hijos menores de tres años, que podrán deducir hasta 1.200 euros anuales.

¿Quiénes no están obligados a presentar la declaración de la renta?

Algunas personas tocadas por la diosa Fortuna no tienen la obligación de presentar la declaración de la renta. La regla general es que todas las personas físicas tienen que declarar el impuesto, pero existe una excepción. Las personas que hayan percibido rentas inferiores a 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador durante el año anterior están exentos de tributar. Pueden hacerlo, pero no están obligados.

No obstante, los trabajadores autónomos están obligados a hacer la declaración de la renta siempre que los ingresos de su actividad económica superen los 1.000 euros. El Estado y sus zancadillas a los autónomos, ya se sabe.

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