El tema de las mascarillas en España ha dado para trama de telenovela. Cuando se empezaron a oír los primeros ecos del coronavirus allende del mar, siendo como somos los españoles, corrimos como pollos sin cabeza a las farmacias y acabamos con todas las existencias. Expertos, médicos y farmacéuticos nos aseguraban que no solo no hacían falta, sino que además estorbaban. Y encima estábamos dejando sin ellas a los verdaderamente las necesitaban. Luego nos dijeron que la población general sana no necesitaba mascarillas, ¿pero cómo podemos saber quién está sano y quién está infectado con una enfermedad que tiene un periodo de incubación de cero a 24 días?
Algunos meses después, el Gobierno reconoce que desaconsejó el uso de mascarillas al inicio de la pandemia porque no había suficientes. En aquel momento prácticamente solo se producían en China, en palabras de Fernando Simón, el odiado o amado director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (no hay término medio). Y es que, tal y como ha declarado esta semana, "las medidas de prevención y control deben ser factibles".
La situación de desabastecimiento fue dramática hace algunas semanas, cuando se dejó claro que necesitábamos mascarillas como método de protección frente a la COVID-19. Ahora se pueden comprar mascarillas en todas las farmacias de España, e incluso en supermercados. Y por eso el Gobierno nos "sorprendió" con una nueva medida esta semana: a partir de hoy es obligatorio llevar mascarilla. En AZLO os hemos preparado una breve guía con el BOE nuestro de cada día en la mano para ayudar a nuestros lectores en este nuevo cambio y hacer la desescalada un poco más fácil.
¿Quién está obligado a llevar mascarilla?
El artículo 2 de la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, establece que quedan obligados al uso de mascarillas todas las personas de seis años en adelante. No obstante, se incluyen cuatro excepciones en este mismo precepto legal:
- Personas con dificultades respiratorias que puedan agravarse por el uso de mascarillas.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados. También aquellas que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Aquellas personas que desarrollen actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Las personas que aleguen causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
¿Cuándo y dónde tengo que llevar mascarilla?
Ahora damos un salto al artículo 3, donde encontramos que será obligatorio llevar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Eso sí, la coletilla que se dejan todos los medios de comunicación también hay que tenerla en cuenta: siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
El problema es que, como ya hemos visto, en España apenas se respetan las medidas de seguridad, ya sea por falta de espacio, por irresponsabilidad o por inconsciencia. De lo que podemos deducir que tendremos que utilizar mascarilla prácticamente cada vez que pisemos la calle.
¿Hasta cuándo tendremos que llevarlas?
Aunque muchas veces nos saltamos las disposiciones finales de las leyes, la disposición final segunda de esta normativa es muy importante. Aquí se indica que la obligatoriedad de llevar mascarilla será aplicable «durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas». No obstante, viendo que el Gobierno cambia de parecer de un día para otro, probablemente este periodo cambie y se amplíe próximamente en aras de favorecer la seguridad de todos los ciudadanos.
¿Los deportistas tienen que llevar mascarillas?
El Ministerio de Sanidad ha asegurado que aquellas personas que salen a correr o a hacer ejercicio en bici están exentas del uso de mascarillas si así lo desean. Podemos entender, por lo tanto, que el Gobierno encuadra el deporte al aire libre dentro de las actividades posiblemente incompatibles del artículo 2.
¿Qué multa me pueden poner si no la llevo?
Al igual que ya ha ocurrido con otras regulaciones impuestas durante el estado de alarma, durante los primeros días las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realizarán una función más bien pedagógica. Esto significa que la policía solicitará que la persona que está incumpliendo la normativa que se ponga la mascarilla o que se retire a una zona donde pueda mantener la distancia de seguridad.
Si el infractor persiste en desobedecer, se enfrentará a una sanción. Esta sanción se regulará a través de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana (la famosa "ley mordaza"). Las multas por no llevar mascarilla serán de 100 a 600 euros. No obstante, las más graves pueden alcanzar los 30.000 euros, y las muy graves, 600.000 euros. Poca broma.
¿Qué mascarillas tengo que usar?
Mascarillas quirúrgicas, con filtro, sin filtro, FFP2, FFP3, higiénicas, caseras, N95... Se han escrito ríos de tinta en las últimas semanas al respecto. Lo único que está claro es que debemos colocar la mascarilla sin tocar la cuerda y ajustarla perfectamente a la cara. Además, debemos respetar sus características de durabilidad y, si se pueden lavar y desinfectar, seguir las indicaciones de los fabricantes autorizados y certificados.
En principio, las mascarillas higiénicas y quirúrgicas (que son de un solo uso y tienen una vida útil de cuatro horas), resultan suficientes para el uso común. Estas mascarillas sirven para evitar la propagación de la pandemia en los casos en los que no podamos mantener dos metros de separación con otras personas. Las mascarillas de alta eficacia (FFP2 y FFP3, que tienen una duración de 48 horas) están indicadas para aquellas personas y profesionales que estén en contacto con personas que sean positivas en COVID-19.
Si estás un poco confundido, no te preocupes, todos estamos igual. En todo caso, retomamos aquel mítico lema de la campaña para prevenir las enfermedades de transmisión sexual: «póntela, pónsela».
¿Puedo utilizar mascarillas caseras?
Sí y no. El BOE solo hace referencia al "uso de cualquier tipo de mascarilla" que cubra nariz y boca, pero recomienda especialmente las higiénicas y las quirúrgicas. Como esto va para largo, si decides echar mano de tu creatividad y la máquina de coser, es recomendable utilizar telas para uso sanitario y certificación de protección FFP2. Eso sí, hay que confeccionarlas siguiendo los pasos y el patrón indicados en la norma UNE y lavarlas al menos a 60ºC con jabón neutro. Y tampoco son imperecederas: después de unos 25 lavados habrá que utilizar otra.