Pagar impuestos no es agradable, pero es necesario para mantener el estado de bienestar. Seguimos nuestro recorrido por el sistema tributario español, y esta vez nos detenemos en el IAE o impuesto de actividades económicas para desgranar todos sus detalles.
¿Qué es el IAE?
El impuesto de actividades económicas, más temidamente conocido como IAE, es un impuesto directo que grava la actividad económica empresarial, profesional o artística. Los obligados tributarios son los autónomos y personas jurídicas que desarrollen su actividad en el territorio español. Es decir, el impuesto de actividades económicas grava la obtención de riqueza de empresarios y autónomos.
Este tributo está gestionado por los ayuntamientos. Los obligados a pagar este impuesto deberán darse de alta en el IAE como empresarios o profesionales autónomos y seleccionar el epígrafe de la actividad correspondiente para clasificar sus actividades. Para ello, deberemos rellenar el modelo 840 a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (si disponemos de certificado digital o Cl@ve PIN) o desplazarnos hasta una de las oficinas.
¿Qué obligaciones despliega el impuesto de actividades económicas?
Los obligados tributarios por este impuesto tienen que realizar una serie de acciones. Son las siguientes:
- Los sujetos no exentos del IAE están obligados a presentar la declaración de alta a través del modelo 840.
- Si un sujeto pasivo se beneficia de alguna de las exenciones de este impuesto, deberá presentar la declaración de alta en el IVA cuando deje de cumplir las condiciones necesarias para su aplicación.
- Presentar declaración en la que se comuniquen las alteraciones físicas, jurídicas o económicas que se realicen en el ejercicio de las actividades gravadas y que tengan "trascendencia a efectos de su tributación por este impuesto".
- Presentar la declaración de baja en la actividad cuando se cese en el ejercicio de una actividad gravada.
¿Quién tiene que pagar el IAE?
Ojo, porque no todos los trabajadores autónomos y empresarios tienen que pagar este impuesto. Están exentos de pagar el IAE, entre otros:
- Autónomos y sociedades en los dos primeros años de actividad.
- Autónomos y empresas que facturen menos de un millón de euros anuales.
- Las personas físicas.
- Los sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a un millón de euros.
- Los contribuyentes por el impuesto sobre la renta de no residentes que operen en España mediante establecimiento permanente siempre que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a un millón de euros.
Es decir, solo tendrán que pagar el IAE los empresarios y autónomos que facturen más de un millón de euros anuales. No obstante, existen algunas bonificaciones.
¿En qué epígrafe del IAE hay que darse de alta?
Los autónomos y empresarios que tengan que darse de alta en el IAE deben buscar el epígrafe que más se adapte a su actividad. La Agencia Tributaria dispone de un listado de epígrafes clasificados con un código numérico, que se debe incluir en el modelo 036 o 037 al darse de alta como autónomo o persona jurídica. Hay tres categorías principales de epígrafes del IAE:
- Actividades empresariales: de construcción, ganaderas independientes, industriales, mineras, comerciales y de servicios.
- Actividades profesionales, donde se deben registrar los abogados, arquitectos, peritos...
- Las actividades artísticas, incluyendo el cine, el teatro, el circo, el deporte el baile, la música y los espectáculos taurinos, entre otros.
¿Cuánto hay que pagar por el impuesto de actividades económicas?
Para saber cuánto vamos a pagar por el impuesto de actividades económicas, debemos buscar la tarifa correspondiente a cada epígrafe. La modalidad de pago se regula en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. La recaudación del impuesto será de ámbito estatal, provincial o local depende del tipo de actividad desarrollada.
Eso sí, el cálculo del IAE puede ser realmente complicado. Por eso es recomendable acudir a un gestor que nos asesore. Es mejor gastar un poco más y evitar las temibles multas de Hacienda.