Hay un viejo spot publicitario de cierta entidad bancaria que decía que los autónomos no parecen humanos. Nunca enferman, son flexibles, se adaptan a todas las circunstancias... Hay quien dice que son héroes, pero los trabajadores autónomos no son más que eso, trabajadores. Sin embargo, existen varios tipos de autónomos dentro del colectivo. Los examinamos a continuación.
Tipos de trabajadores autónomos
En función de su trabajo y su régimen laboral, podemos clasificar a los autónomos en seis tipos. Aunque casi todos tienen en común el estar igual de agobiados y cansados por un sistema que no les representa ni les ayuda, los autónomos se diferencian de la siguiente manera.
1. Trabajadores autónomos
Los trabajadores autónomos son los primeros en los que pensamos cuando hablamos del colectivo en general. Son aquellas personas físicas que gestionan un pequeño negocio a su nombre por sí mismos o a través de sus empleados. A su vez, se clasifican entre autónomos por actividades empresariales (como los taxistas, los hosteleros o los peluqueros) y los autónomos artistas o deportistas (los que se dedican al cine, teatro, televisión, artes, sector taurino y deportes).
2. Profesionales autónomos o freelance
Los autónomos que se dedican a su actividad por cuenta propia son los profesionales autónomos, más conocidos como freelance. Se dividen entre profesionales autónomos colegiados (médicos, abogados, peritos, arquitectos, veterinarios...) y no colegiados (redactores, traductores, programadores, diseñadores...), dependiendo de si su actividad está asociada o no a un colegio profesional.
Los profesionales autónomos pueden tener o no trabajadores a su cargo y un local de atención al público. No obstante, es habitual que desarrollen su actividad profesional desde su casa (el teletrabajo que está tan de moda en los tiempos del coronavirus). Casi todos cotizan por el IRPF en régimen de estimación directa simplificada.
3. Autónomos societarios
Los autónomos societarios son aquellos que han creado una sociedad mercantil o empresa cuando sus negocios ya han alcanzado una dimensión importante. En muchas ocasiones, son autónomos que se asocian con otros para reducir el pago de los impuestos. Por lo general, son los administradores de una empresa con cargos directivos, y deben cotizar a la Seguridad Social obligatoriamente en el régimen de autónomos.
4. Autónomos colaboradores
Muchas veces, los trabajadores autónomos incorporan a algunos miembros de su familia a la empresa. Para ser considerados como autónomos colaboradores, deben trabajar de manera constante en el negocio, no trabajar para otras empresas y ser familiar hasta el segundo grado de consanguineidad. Estos autónomos cuentan con interesantes bonificaciones en la cuota de autónomos para evitar la economía sumergida y la evasión de impuestos.
5. Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE)
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes o TRADE son aquellos que facturan a un mismo cliente el 75% o más de sus ingresos. Estos trabajadores tienen una especie de "vacaciones" de 18 días al año, no pueden tener trabajadores a cargo y cuentan con su propio material para trabajar.
6. Autónomos agrarios
El último tipo de autónomos en nuestro listado está reservado a aquellos que se dedican a las actividades agrícolas. Los autónomos societarios tienen su propio régimen de cotización y, generalmente, cotizan por un importe inferior al del resto de los autónomos.
Los autónomos agrarios deben ser titulares de una explotación agraria y obtener al menos el 50% de su renta total de esa explotación. Además, no pueden percibir rendimientos netos que superen el 75% de la base máxima de cotización del régimen general y, aunque pueden contratar a una plantilla de trabajadores, tienen que realizar personalmente las actividades agrarias.